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Embargo de bienes de María Castilla

Fecha1753
LocalidadEspaña, Granada, Montefrío
ProyectoVIVE. Vita Verborum. Los peritajes de las Chancillerías castellanas en la historia del español (1650 - 1833)
FinanciaciónMinisterio de Ciencia e Innovación. Proyectos de Generación de Conocimiento 2022. PID2022-136256NB-I00
SubcorpusAndalucía
ArchivoArchivo de la Real Chancillería de Granada

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pollina de mo año ruzia; un capacha de echar pan; un medio zn y un peso de cruz; un escardillo y un azadon quebrado; una carretada de paxa; una cuchara de ierro; doze fas de trigo sembradas en las tierras de este cortixo; tres fs de cebada sembradas y una qlla de habas sembradas. Y no se hallaron mas bienes que embargar en este cortixo que los referidos. Y, estando presente Juan Rodrigo Cano, vezo de dha villa de Montefrio, su md dixo que nombraba y nombro por depositario de los expresados bienes a el expresado Juan Rodrigo Cano, y mando se le notifique y haga saber dho nombramto para que lo azepte y, azeptado, se obligue a tenerlos de pronto y manifiesto para entregarlos cada que se le mande por el señor alcalde maior de la rl justizia de la ciud de Granada o por otro sr juez que de esta causa conozca; y en su defecto pagara el balor prinzipal de dhos bienes y las costas que se causaren. E yo, el ynfraescripto notto, le notifique he hize sauer dho nombramto y lo demas aqui mandado a el dho Juan Rodrigo Cano, quien auiendolo entendido dixo azeptaba dho nombramto y que se daba por entregado en


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