bienes muebles y raiçes auidos y
por auer, doi mi poder cumplido a todas
las justiçias y juezes de su magestad
que sean competentes para que a ello me
compelan y apremien por todo rigor
de derecho y uia ejecutiua, y como si
fuese por sentencia difinitiua de juez
competente pasada en autoridad de cosa
juzgada, renuncio todas las leies, fue
ros y derechos de mi fauor, con la gene
ral en forma, y asi lo otorgue por ante el
presente escriuano publico en la dicha
villa de Caceres, en ueinte y seis dias del mes
de septiembre de mil y seisos y ochta y ocho años.
Testigos: Juan Digan Muesas, el lizdo Francisco Garçia
Maiorga, preuitero, y Benitto Maiorga, vezos d esta dha
villa, y el otorgantte que yo, el escriuano, doi fee conozco
lo firmo.
Franco Criado
Antte mi,
Manuel Barrio