por caudal conoçido de la dha mi hija de mis
bienes y haçienda y de la q deja el dho mi marido,
quatroçientos ducados de moneda de vellon, los dozientos
ducados de ellos en bienes muebles apreçiados y
estimados en su justo valor y preçio, y los otros doçientos
ducados restantes cumplimiento a los dhos quatro
çientos se los e de entregar en dinero inclussos en ellas,
la cantidad demas q ymportaren tres çedulas de
diferentes obras pias q le e de entregar para q cobre
las cantidades de ellas estando casado y velado con
la dha mi hija, y los bienes q le e de entregar
por quenta de los doçientos ducados arriba referidos,
apreçiados y estimados en los preçios y forma
q a se dira, son los que se declaran en
esta manera:
Primeramente, vna armadura de
cama de nogal entera, apreçiada en
çiento y settenta y seis reales.
Vna colgadura de red blanca que son
çinco cortinas y çielo, apreçiada en treçien
tos y treinta reales.
Dos colchones con sus henchimientos de lana
en çiento y settenta y seis reales.