de los dhos quatroçientos ducados y assimismo
me obligo de inclusso en el dho resto la cantidad de
que importaren las dhas tres çedulas q e de sacar
y le e de entregar de diferentes obras pias de señalamiento
de dote para la dha mi hija. Y, assimismo, le e de entre
gar y la dha mi hija a de lleuar por mas caudal cono
çido suyo demas de los dhos quatroçientos ducados
otros çiquenta mill y quatroçientos mrs que importan
otras dos çedulas, la vna de monta mill mrs que e sacado
y se le an mandado a la dha mi hija para el dho su ca
samiento de los patronos de la obra pia que fundo
doña Elvira de Vlloa; y la otra de veinte mill y
quatroçientos mrs de la obra pia q fundo Juan
Lopez de la Peña; todo lo qual me obligo de le
entregar al dho Pedro Holguin de las Eras
en esta villa de Caçeres llanamente al tiempo
y quando el susodho y la dha Ysabel Sanchez
Venadero, mi hija, ayan de çelebrar y efe
tuar el dho matrimonio, y por todo ello
se me a de poder executar como por deuda