Yten, un peynador con su toualla; mas otra tabla
de manteles grandes traydos; vna colcha de lienzo delgada; vn
rrodapies de rred; vna antepuerta de rred; vn frutero de rred.
Yten, quatro cojines de badana; vna carpeta de badana; treze
arrouas y media de azeyte; dos toçinos; vna cassa al
barrio nuebo; doze yuntas de biñas en el pago de la Pulgarina
con su lagar y basixa; mas para el bino colado en cassa quatro
tinaxas pequeñas.
Yten, quedaron deuiendo a Juan Neuado lo siguiente:
Yten debe Maria de Castañeda duçientos y beinte y ocho rreales
con las costas de çinco fanegas de trigo que le dio del posito, tiene en
peñadas un jarro de plata; yten, debe Pedro Ramos,
procurador, nueue rreales de un quarto de toro q le uendio y
mas treinta rreales de tres arrouas de uino que le dio para la
segada de seiso y treinta y ocho, todo es treinta y nueue reales;
mas debe la muger de Luis Delgado de la Rrocha çien rreales
q le presto sobre un anusdey; mas deue Gonzalo de Figueroa
Montenegro çien reales q le presto sobre vna saluilla; mas
deue Diego Cordero, procurador, çien rreales prestados como
consta por çedula; mas deue Christoual Delgado diez y
nueue rreales de dos quartos del oro q le bendio; mas
le deue Ana Ximenez, muger, de presto veinte y
dos reales y mo de bino q le dio a uender; mas deue A
gustin del Rrisco y Biñas, sastre, tres fanegas de trigo que
dio Agustin del Rrisco el año de seiso y treinta y
ttres, q fue alhondiguero; mas debe Lorenzo Rodriguez
Paniagua, studiante, diez rreales y quartillo q le presto
como parreze por çedula suya; mas deue Garçia Gonzalez
Barrado, beinte rreales de que hizo çedula;