Carta de dote
Po Ramos
En el nombre de Dios, Nro Sr, amen. Sepan quantos
esta carta de obligazion y promesa de dote vieren
como nos, Antonio Muriel y Juana Delgado, ssu mujer
lexitima, vezinos que somos d esta uilla de Caceres, con lizenzia que primo y
ante todas cossas yo, la dha Juana Delgado, pido y demando a el dho Antonio
Muriel, mi marido, pa hazer, otorgar y jurar esta escrira e yo, el dho An
tonio Muriel, doy y conzedo la dha lizenzia a la dha mi mujer para
lo que me es pedida, e yo, la ssussodha, la azeto y rrezibo, y d ella estando
ambos a dos juntamente de mancomun y a boz de unos y cada uno de
nos de por ssi y por el todo ynsolidun, rrenunziando como expresamte
renunziamos la ley de duobus rreis debendi estipulandi escompro
metendi y el autentica presente hoc de jude jusoribus y lo di
je de duobus rreis y el benefizio de la divission y escussion y epistola
del divo Adriano y demas de casso como por ellas y en cada una de ellas
se contiene. Dezimos que por qto pa seruizio de Dios, Nro Sr y con
su grazia, esta tratado y conzertado que Ffranca Delgado Tello,
nra hermana y cuñada, hija lexitima de Ffranzisco Tello y Maria
Delgado, ssu mujer, diffuntos, nros padres y ssuegros, se case y zelebre
bodas a ley y bendizion de la Santa Madre Yglessia de Rroma com Pedro Ra
mos de Ssoto, hijo lexitimo de Juan Rramos y Juana de Quadros, ssu le
xitima mujer, vezinos que son y fueron dos los sussodhos de esta di
cha villa, y con la voluntad de Dios, Nro Sr, el dho matrimonio a de
tener efeto y, teniendolo, prometimos y nos obligamos a que la dha
Ffranca Delgado Tello llevara a poder de el dho Pedro Rramos, y el con ella
reziba por bienes propios de la dicha Franzca Delgado para ayuda
a ssustentar las cargas de el matrimonio los sigutes:
Lo primero, mill y nouezientos rs en moneda de vellon.
Yten, una zedula de la obra pia de doña Catalina de Andrada, que es pa
trona y la fundo Antonio Cano, de quantia de ocho mill mrs.
Yten, otra zedula de la obra pia de Juan Lorenzo ffirmada del lizdo
de Velasco, ssu administrador de quantia de vte mill mrs.
Yten, otra zedula de la obra pia de Diego Pizareo de que es patron don
Ju de Motezuma Carvaxal y Toledo, de quantia de zinquenta ducados.
Yten, otra zedula de la obra pia de Ju Lopez de la Peña, de que son
patrones los curas de las parrochias de Santa Ma y Santiago de es
ta ua de quantia de diez mill mrs.
Yten, otra zedula de la capilla de Santiago de que es patrono don
Gonzalo de Carvaxal Sande de quantia de diez y ssiete mill mrs.
Yten, la mitad de los bienes rrayzes que quedaron por fin y muer
te de los dhos nros padres y ssuegros que som partidos en la for
ma ssiguiente:
La mitad de sesenta y seiss rs que paga de zenso perpetuo en cada un
año Diego Myn Catrero sobre unas guertas ssuyas en
Yten, la mitad de quarenta y ssiete rreales y medio que paga de
zensso perpetuo ssobre la guerta y biña que llaman de la Jordana
en el quarto de abajo cada un año el dueno de ella.
Yten, la mitad de quarenta y quatro rreales de zensso perpetuo cada
un año que paga Alonsso Gra Gutierrez sobre ssus cassas.
Yten, la mitad de diez reales de zensso alquilar que paga Lorenzo
Martin Galeano cada un año ympuesto ssobre una teneria.
Yten, la mitad de unas cassas en esta ua en la calle de Pintores,