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Testamento de María Delgado, vecina de Malpartida, jurisdicción de Cáceres

Fecha1615
LocalidadEspaña, Cáceres, Cáceres
ProyectoVIVE. Vita Verborum. Los peritajes de las Chancillerías castellanas en la historia del español (1650 - 1833)
FinanciaciónMinisterio de Ciencia e Innovación. Proyectos de Generación de Conocimiento 2022. PID2022-136256NB-I00
SubcorpusExtremadura - CORTENEX
ArchivoArchivo Histórico Provincial de Cáceres

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cargas. Y despues de los dias de abos suszeda e lla Alo Delgado, mi primo, y a falta de los hijos, con la dha carga y obligon de fsr dezir y pagr las dhas mysas pa siepe; e las dhas casas no se pueda vedr ni enagenar e manra alga, sino con la dha carga e ynpusicion q ansy yo les pongo. Y si e razon de las dhas casas o de otros qualesqer bes y eredades de los q yo dexare obiere alga petesion e persa q petenda algund dro a qalqer cosa d ello, mys testamentro lo conpongan e medie e concerten como les pare convenir al descargo de mi conciencia, porq sta es mi yntençion y voluntad. Yten mdo a la dha Ma Suarez mi q sta en mi casa e conpañia, por el amor q le tengo e seruios que me a fho, lo q poçediere de los frutos de mi hazieda, ecepto de las dhas casas, pa q los aya por tpo de trece aos despues de mi falleimito e aviedose primro cupdo este mi testamto pa q e llas suszeda pa ayuda a sus alimentos e neszesidades e reconpesa e sastifaçion esto e lo demas q le mdo de suso del tpo q a estdo en mi casa e conpania y de la dha Fraca Delgado, mi madre, y e pago de su seruio quando algo petenda d ello con q se a de contetar, y si no se contentare con ello y alga cosa mas pidiere çesen las dhas mdas q a oy le hago por este mi testamento. Yten mdo a Maria Delgado, mi prima, las viñas q tengo e las de la Caceres pa que e llas suszeda desde luego con la dha


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