demas y aliende de otra çierta
quantidad q abaxo yra decla
rada por pa puca.
Yten, el dho mi marido ottorgo
a mi poder al matrimo vna
obligon contra los dhos Agustin
de Rrejas y Ju Gttz Garjos
de myll y seysçientos y treynta
y ocho rreales q le deuian de
lana que les vendio, firmada
del eso puco d esta ca
a treynta de agto del año pa
sado de seysçientos y syete
de los quales tiene cobrados
la mitad, poco mas o menos.
Yten, traxo un mando de paño
negro veyntidoseno q vendio
en quinze ducados y los cobro.
Yten, cobro de Jil Pez veynte
e çinco rs y medio.
Yten, vna colcha q vendio a
Parra, mayoral de don Albaro
de Vlloa, por quarenta y qtro rs,
y los cobro.
Yten, vendio en almoneda çier
tos bienes muebles q tenia,
q montaron veynte e nueue
mjll y çiento y setenta e vn mrs.
Yten, uendio a don Go de la Peña
çiertas alhajas demas de los
en ueynte rs.
Yten, truxo quatro bueyes apea
dos con vna carreta y vna cobra
para trillar q se tasan en
çient ducados.
Dos uacas paridas con sus be
zerros, en doze mill mrs.
Syete carretadas de paja q se
tasan en çient rs.
Treze varas de paño pardo
catorzeno a ocho rs la vara,
q son çinco y qtro rs.