de ynbentario qe he tenido por convente
hecho testamto judicial ante dn
Lorenzo de Bargas, essno de este numo en el dia tres del mes
de febrero de mil setecientos setenta y ocho, al que se dice
estàr en todo y a mayor abundamto, quiero que esta apunta
cion ò ynbentario se agregue a el zitado testamto declarando
como declaro eredera de qto se encontrase por mi muerte, ha
berme pertenecido y pertenezca, a la sra da Juana Quadrado,
mi lexitima muxer, por el esmero, amor y carino con
que me ha tratado y trata, y siento no hallarme con
mas facultades ni aberes pa pagarle su amòr.
Primeramte, declaro qe se hallaron en mi casa
ó en la de la ysla de Leon:
Seis paños de corte.
Tres libreas de gala completas.
Dos cortinas de terciopelo carmesis.
Vna caxa con 38 exemplares de la defensa de mi causa.
Tres piezas de pa cortinas, la una blanca
y las restantes azules.
Dos cristales pa casar mochuelos.
Diez coxinetes pa asiento de silla.
Dos pares de arquenas de baqueta labrada.
Vna dha de yden.
Vn cuero de moscobia pa sobre, nueva.
Dos escudos dorados.
Un caxon con
Diez y ocho
Cinco ydem mas finas.
Quatro pies de ramillete.
Cinco bateas de China.
Dos gabas de Cuba grandes con y algunos
abanicos dentro.
Dos sombreros finos de estera de China.
Cinco manaties.
Siete bolsitas de pita.
Vna silla nueva de cauallo.
Siete fundas de silla.
Dos almoadas de terciopelo labrado de la carroza.