Carta de pago y reziuo de dote
da Feliziana Geronima
contra
Barme de Otero
Sepase como yo, Barme de Otero, vo
de esta ciud de Cadiz, digo que pr quanto
pa mayor seruicio de Dios, Nro Sor, y de su
vendita madre, estoy tratado de casar
y velar segun orden de Nra Sta Madre
Yglesia Catolica Romana con da Feliziana Geronima, natu
ral de ella y hija lexma de Esteban Juan y Juana de Abila,
sus padres ya difuntos, y al tiempo y quando se trato el dho casa
miento, se me ofrecio lleuar de dote pa ayuda a sustentar las cargas
del mattrimo quatrocientos y setenta y nueue ps exos de plata en dife
rentes uienes, alajas, ropa, omenaje de cassa y dinero y, prque de
bajo de este acuerdo y conformd, estamos proxmos a zelebrar el
dho matrimo, respecto de hauerse corrido las amonestaziones
q el Santo Conzilio de Trento dispone y no hauer resultado
ympedimto alguno por la susodha, se me quieren entregar
los dhos vienes, alaxas y dino otorgandole carta de pago y
reciuo de dote de todo a su fauor, y biendo ser justo lo que
se me pide, lo quiero hazer, y poniendolo en exon en la bia
y forma que mas aya lugar de dro; otorgo y confieso hauer
reziuido de la dha da Feliziana Geronima, mi futura es
posa, los dhos quatrocientos y setenta y nueue ps exos de plata en
la dha espezie de vienes, alaxas y dinero que queda referido que
baluado todo por perssas nombradas pr ambas partes a mi satis
fazon, son en la forma, manera y cantidades siguientes:
Primeramte, vna cama de granadillo bronzeada
en veinte pesso exos de plata.
Tres colchones cameros en doze pessos.
Seis sauanas de crea nueuas en catorze ps.
Dos colchas, la una de dos tafetanes y la otra
de la China en doze pesos.
Dos cobertores de lana encarndos en quatro ps.
Quatro almoadas con encajes en seis pesos.
Quatro cortinas de media granilla en doze pesos.
Doze quadros medianos de la bida de Nra Sra sin
molduras en doze pessos.