de Juan de Montes, vezino de esta dha
ciudad, como con efecto hizo dho pagamento que le
otorgo por el susodho carta de pago y gasto con
tra los uienes y herederos del dho Augustin
Ramos, por el mes de jullio proximo pasado a lo
qual se remite, y para que se le abone al dho Juan
Bernardo, su marido, los ciento y ueinte ps que
suplio como mitad de gananciales, adquiridos du
rante su segundo matrimonio y que en todo tpo
conste, lo declara y manifiesta asi.
En cuio testimonio de ygual acuerdo y comformidad y
asi lo dijeron, otorgaron y declararon y se obliga
ron de hauerlo por firme en todo tpo con sus uienes
y persona hauidos y por hauer, y dieron poder cumplido
a las justicias de su magestad y para que a su obseruan
cia les compelan por todo rigor del dro, reziuieronlo por se
tencia pasada en cosa jusgada, renunciaron
todas leyes, fueros y derechos de su fauor con la
general en forma, y, en especial, a la dha Ana
Ruiz, por muger y casada, renuncio las del empera
dor Justiniano y ueleiano senatus conzultus toro,
Madrid y partida y demas que hablan en fauor
de las mugeres, de cuyos efectos fue aperseuida
por mi, el escribano publico, de que doy fee