de Juan de Montes, vezino de esta dha
                
 ciudad, como con efecto hizo dho pagamento que le
                
 otorgo por el susodho carta de pago y gasto con
tra los uienes y herederos del dho Augustin
                
 Ramos, por el mes de jullio proximo pasado a lo
                
 qual se remite, y para que se le abone al dho Juan
                
 Bernardo, su marido, los ciento y ueinte ps que
                
 suplio como mitad de gananciales, adquiridos du
rante su segundo matrimonio y que en todo tpo
                
 conste, lo declara y manifiesta asi.
                
 En cuio testimonio de ygual acuerdo y comformidad y
                
 asi lo dijeron, otorgaron y declararon y se obliga
ron de hauerlo por firme en todo tpo con sus uienes
                
 y persona hauidos y por hauer, y dieron poder cumplido
                
 a las justicias de su magestad y para que a su obseruan
cia les compelan por todo rigor del dro, reziuieronlo por se
tencia pasada en cosa jusgada, renunciaron
                
 todas leyes, fueros y derechos de su fauor con la
                
 general en forma, y, en especial, a la dha Ana
                
 Ruiz, por muger y casada, renuncio las del empera
dor Justiniano y ueleiano senatus conzultus toro,
                
 Madrid y partida y demas que hablan en fauor
                
 de las mugeres, de cuyos efectos fue aperseuida
                
 por mi, el escribano publico, de que doy fee