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Declaración y aumento de dote de doña Ana Ruiz

Fecha1708
LocalidadEspaña, Cádiz, Cádiz
ProyectoALEA XVIII: Atlas lingüístico y etnográfico de Andalucía, siglo XVIII. Patrimonio documental y Humanidades Digitales
FinanciaciónJunta de Andalucía/FEDER: P18-FR-695, 2020-2022
ArchivoArchivo Histórico Provincial de Cádiz
ID del manuscritoAHPC 1820

479v < Page 480r > 480v

Pedro por entregado en la referida expresion de prendas de oro y platta expresadas, que para este efecto se pusieron de prompto y manifiesto de cuyo entrego y ruo yo, el escribano, doy fee sobre que otorga a fauor de la susodha, el mas uastante reziuo, clauzulas y firmesas que para ello se rrequieren y expresadas en la primitiua doctal, con declaracion que ambos otorgantes hazen de que la causa que entonzes vbo pa no yncluirse dhas prendas en dha cartta de docte y discresion de uienes fue por estar empeñadas en cantidad de cien pesos, cuio desempeño se hizo con caudal de ambos otorgantes, adquirido durante su segundo matrimonio y, para que en todo tiempo conste y a cada vno se le aplique la que le tocare segun justa diuision y adjudicazion, lo manifiestan asi. Y la dha Ana Ruiz declara y manifiesta q el dho Juan Bernardo, su marido, a pagado y gastado de su propio caudal adquirido durante su segundo matrimonio docientos y quarenta ps exs pta por Augustin Ramos, primer marido que fue de la dha Cathalina Gonzales, su hija, y en beneficio de esta como fiador que fue por dha cantidad del susodho por escripa publica, que se otorgo habra tiempo de un año otorgada ante Diego Hesteuan Bermudez, escribano de este numero por cuya razon por dha cantd, efectuaron al dho Juan Bernardo como tal fiador por auto, ante Juan Luis de Uergara, escriuano asimismo de este numero, a pedimto



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