Facsimile view

Recibo de dote de María Manuela Josefa Farfán

Fecha1703
LocalidadEspaña, Cádiz, Cádiz
ProyectoALEA XVIII: Atlas lingüístico y etnográfico de Andalucía, siglo XVIII. Patrimonio documental y Humanidades Digitales
FinanciaciónJunta de Andalucía/FEDER: P18-FR-695, 2020-2022
ArchivoArchivo Histórico Provincial de Cádiz
ID del manuscritoAHPC 2530

50r < Page 50v

La manda de dote en la ciud de Seua que a de cobrar despues de casado, sobre q se le entrega pr donde consta. Por manera q todos los dhos bienes y legado ymportan quatrocientos y nouenta y seis pos escuos q los dhos mis suegros me entregan y preste por presencia del escriuano y ttos de que le pido de fee e yo, Lazaro Cuellar, scriuo de este numo, la doi de que en mi presencia y de dhos ttos, el dho de Silua, reziuio los dhos bes pasaron a su parte y poder y otorgo carta de pago y rezuo en forma e yo, el susodho, por honrra y virginidad de la dha mi esposa arras trescientos pesos escuos q confieso auer en la dezima parte de mis bienes y si no cupieren, se los mando en los que adelante tubiere, ganare y adquiriere, q juntos, con la dha dote, ymportan setecientos y nouenta y seis pos escuos me obligo tener en mi poder por caudal de la dha mi muger y no disiparlos ni baratarlos, y por qualquiera de los casos q el dro permite, los boluere y rrestituire a la dha mi mugr o a qn en su nre fuere parte lexma la cantd d esta dote y otorgan rezuo a su fauor luego q a la cobra de la dha manda, y a ello quiero apremie por todo rigor de dro, en uirtd d esta scriptra y el juramto de la dha da Ma Manla Josepha, mi mugr, o de qn su causa hubiere, en qn dejo y difiero la prueba de que le rreleuo, pagdo todo en esta ziud de Cadiz y a su fuero o en otra pte donde yo y mis bes fueremos hallados, a cuya firmeza, paga y cumplimto, obligo a mi perssa y bes hauos y por auer, y doi poder cumpdo a las justicias de S Magd para que apremien a su cumplimto, como por ssa pasada en cosa juzgada, renuncio las leyes, fueros y deros de mi fauor, y la genl, y asi lo otorgo ante el escriuano y ttos, en la ciudad de Cadiz, a treze dias del mes de febrero de mill seteçientos y tres, y el otorgte q yo, el ssno, doi fee conosco, lo firmo siendo tos Sebn Bazques y Juan Martinez de Zeuallos, vezos de Cadiz. Miguel Juan de Silua Ante mi, Lazaro Lop de Cuellar



Text viewWordcloudPageflow view