Ruo de dotte
da Maria Manuela Joseph Farfan
contra
Miguel Juan de Silua
En el nombre de Dios, Nuestro Señor, y
con su santa gracia y vendizon, amen.
Sea notorio como yo, Miguel Juan de Silua,
mro sastre, vezino de esta ciud de Cadiz,
y natural de la filegreçia de Sn Saluador
de Fauizexes, obispado de Oporto en Portugal, digo que, pr quanto
estoi tratado de que aya de casar y case lexmamente, segun orden de Nra
Santa Madre Yglesia, con da Maria Manuela Josepha Farfan,
donzella, hija lexma de dn Ysidro Garza y de da Maria del Pozo
Farfan, sus padres, vezos de esta dha ziud, y natural la susodha de
la de Seuilla, y porque esta dispuesto de casarnos y belarnos
mañana, catorze de este presente mes, y porque al tiempo y qdo
se trato y efectuo el dho casamiento, los dhos sus padres me
ofrecieron dar en dote con la susodha quatrocientos y nouenta
y seis pesos escuos, poco mas o menos, en ropa de vestir y en
doscientos ducados de vellon de vna manda de vn patronato
q fundo Fulana Farfan de los Godos para parienta, q copa
ga da Ana Maldonado en la ziudad de Seuilla, de que
esta asentada para quando tome estado; y los dhos mis suegros
me quieren entregar los dhos bienes para que los rreconosca
por mios propios y los posea desde oi y, para ello, me am pedi
do otorgue en fauor de la dha mi muger scripra de scriptura
de dotte y, por ser justo, lo quiero hazer, y poniendolo en
exon en la mas vastante forma que puedo y a lugar en dere
cho, otorgo q reziuo de los dhos mis suegros los dhos bienes apre
ciados todos por personas q de ello entienden, de conzentimto
mio y de los susodhos, y los que asi son y sus precios es en
la forma y manera siguiente:
Primeramente, dos pares de sarcillos de oro y
perlas, los vnos de cinco pendientes y los
otros de vno, apreciados en veinte