Ruo de dotte 
 da Maria Manuela Joseph Farfan 
 contra 
 Miguel Juan de Silua
    
 En el nombre de Dios, Nuestro Señor, y
    
 con su santa gracia y vendizon, amen.
    
 Sea notorio como yo, Miguel Juan de Silua,
    
 mro sastre, vezino de esta ciud de Cadiz,
    
 y natural de la filegreçia de Sn Saluador
    
 de Fauizexes, obispado de Oporto en Portugal, digo que, pr quanto
    
 estoi tratado de que aya de casar y case lexmamente, segun orden de Nra
    
 Santa Madre Yglesia, con da Maria Manuela Josepha Farfan,
    
 donzella, hija lexma de dn Ysidro Garza y de da Maria del Pozo
    
 Farfan, sus padres, vezos de esta dha ziud, y natural la susodha de
    
 la de Seuilla, y porque esta dispuesto de casarnos y belarnos
    
 mañana, catorze de este presente mes, y porque al tiempo y qdo
    
 se trato y efectuo el dho casamiento, los dhos sus padres me
    
 ofrecieron dar en dote con la susodha quatrocientos y nouenta
    
 y seis pesos escuos, poco mas o menos, en ropa de vestir y en
    
 doscientos ducados de vellon de vna manda de vn patronato
    
 q fundo Fulana Farfan de los Godos para parienta, q copa
ga da Ana Maldonado en la ziudad de Seuilla, de que
    
 esta asentada para quando tome estado; y los dhos mis suegros
    
 me quieren entregar los dhos bienes para que los rreconosca
    
 por mios propios y los posea desde oi y, para ello, me am pedi
do otorgue en fauor de la dha mi muger scripra de scriptura 
    
 de dotte y, por ser justo, lo quiero hazer, y poniendolo en
    
 exon en la mas vastante forma que puedo y a lugar en dere
cho, otorgo q reziuo de los dhos mis suegros los dhos bienes apre
ciados todos por personas q de ello entienden, de conzentimto
    
 mio y de los susodhos, y los que asi son y sus precios es en
    
 la forma y manera siguiente:
    
 Primeramente, dos pares de sarcillos de oro y
    
 perlas, los vnos de cinco pendientes y los 
    
 otros de vno, apreciados en veinte