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Carta de pago de Juan de Salar para Juana Rodríguez

Fecha1701
LocalidadEspaña, Badajoz, Badajoz
ProyectoVIVE. Vita Verborum. Los peritajes de las Chancillerías castellanas en la historia del español (1650 - 1833)
FinanciaciónMinisterio de Ciencia e Innovación. Proyectos de Generación de Conocimiento 2022. PID2022-136256NB-I00
SubcorpusExtremadura - CORTENEX
ArchivoArchivo Histórico Provincial de Badajoz

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cada y quando q el matrimonio fuere disuelto por muerte o por diborsio o por otra qualquiera causa o razon que se abolbera todos los dhos bienes o su balor a la dha Juana Rodriguez, su muxer, o a la persona q lexitimamte lo ubiere de aber, sin gozar del año de la retenzion de los uienes muebles, y al cumplimto y firmesa de lo contenido en esta escripra, obliga su persona y uienes auidos y pr auer y para su execuzn y cumplimto da todo poder cunplido a las justizias y juezes de su magd q de sus causas con dro puedan y deuan conoser, en expezial, a las rs d esta dha ciud y uilla de Balberde, a cuyo fuero y juridizion se somete, renunziando el suyo propio, juridizion y domisilio y la lei sit conbenerit de jurisdizione omniun judicum, pra q las dhas justizias a ello le compelan y apremien como pr sentenzia passda en autoridad de cosa jusgda, renunzio todas leyes, fueros y dros de su fabor y la gral en forma, y asi lo otorgo y firmo el otorgte, a quien yo, el ssno, doy fee conosco, estando en mi ofizio, siendo testigos Juan de Quintana, Marco Fernandez y Gaspar Martin, vezinos d esta ciudad. Ante mi, Franco Gomez Montero



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