Ju Dias y Ynes Peres, tasa
da en cinquenta ducados y es
libre de penzion y zenzo.
Una casa en la calle de la puerta
nueua q linda pr una pte con cassas
del dho Esteuan Romero y por otra
con casas de Domingo Mejia Hor
nero, tasada en sesenta ducados
de uellon y trese rs de penzion
perpetuos.
Unas seis fanegas de trigo en grano
a dies rs cada una son sesenta rs.
Un buey en veinte ducados.
Un paño de manos tasado en çinco rs.
Que los dhos uienes de suso decla
rados, moderados y tasados en conformidad de
las partes an ynportado dos mill reales de
uellon, saluo , los quales el dho Anto
nio Louato dio por bien tasados y los reziuio
a su poder en mi presenzia de mi, el esno, y tes
tigos, de que doy fee, y los reziuio realmente
y con efecto, y el dho Antonio Louato los re
ziuia y reziuio por dote y para dote de la dha
Maria Romero, su mujer, y se obligo de tenerlos
en depozito y manifiesto y que cada y quando q
el dho matrimonio fuere disuelto o separado
por muerte o por diuorsio o por otra qual
quiera causa, uoluera y restituira todos los
dhos uienes a quien y por derecho los ubiere