Seis cojines de damasco carmesi nueuos, mill rs.
Seis ttafettanes en quarentta y quatro ducados.
Dos corttinas de damasco, en ttreintta ducados.
Vn fronttispisio de piedra, en veinte ducados.
Vna espettera con ttrasttes de cozina, dozientos rs.
Vna dozena de plattos de pelttre y dos platones
y una fuentte y un armires grande, en dozientos rs todo.
Un brasero en cien reales.
Dos baules encorados en cien rs.
La bista de vna bentana con su apocentto en la
plaça ppca d esta ciud, linde conttra benttana de la dha
Ursula Marttin, en quarentta ducados.
En que monta los dhos vienes veintte y
ocho mill duzienttos y diez y seis reales de vellon,
que los muebles rreciuio em presencia de mi, el escriuano y
testigos de que doy fe, y en los rraises se da por enttregado a su
boluntta, sobre que rrenuncia las leyes de la cosa nom bista
y enttrega, prueua y paga e ynumeratta pecunia como en ellas
y en cada una d ellas se conttiene y se obliga de ttenerlos de pronto
y manifiesto para que cada y quando q el dho mattrimonio sea
disuelto y separado por muertte o diborsio o en otra forma
enttregarlos a la partte q lijittimamentte los vbiere de auer y
por ello se le pueda ejecutar y extte, a cuyo cumplimto obliga
sus bienes y rrenttas abidos y por auer, da poder a las justicias
y juezes que de sus causas deuan conozer, en especial, a las d esta dha
çiudad, a cuyo fuero y jurisdision se somette para que a ello le
apremien como por senttencia pasada en cosa jusgada, re
nuncia su propio foro y jurisdicion y domisilio y le ley
sitt conbenerid de jursidicione oniun judicun las demas de
su fauor, y la que prohiue la gl renunciacion, y la otorgo
estando en las casas de morada de la dha Ursula Martin,
siendo tos don Alonso Rruis del Alamo, canonigo, Blas de
Mattacauallos y Esteuan Garcia Jaramillo, vezinos d esta çiud,
y firmo el ottorgantte q yo, el escriuano doy fee conozco.
Antte mi,
Anttonio Rabanales, ssno