carga en mill quatrozientos
quarenta reales.
Y porque como dho es, a reziuido y reziuio dhos
bienes en ser como dho es de los dichos alba
seas, realmente y con efeto renunzia las leyes
de la cosa non bista y entrega, prueua y paga
e ynumerata pecunia como en ellas y en cada
vna d ellas se contiene y la otorgo estando en las
casas de su morada, siendo testigos Lope Rras
trollo y Antonio Amado, vezinos d esta ciud, y Juan
Zanbrano, residente en ella, y porque la otorgan
te, que yo, el essno doy fee conozco, dijo no sauer
firmar, a su ruego firmo vn testigo.
Lope Rastrollo
Ante mi,
Anttonio Rabanales, essno