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Testamento de doña Mencía de Chávez

Fecha1644
LocalidadEspaña, Badajoz, Badajoz
ProyectoCORTENEX: Corpus de textos notariales extremeños (siglos XVI y XVII)
ArchivoArchivo Histórico Provincial de Badajoz
ID del manuscritoAHPB PN/212

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y quinientas por mi anima y las otras quinientas por las animas de mis padres y del dho Garcia Laso de Figueroa, mi marido, las quales se digan por los saçerdotes y religiosos que a mis albaçeas les pareçiere y por ellas se pague la limosna acostunbrada. Mando se digan otras çien misas rezadas, las çinqta d ellas por las animas de purgatorio y otras çinquenta por las personas a quien puedo ser y soy en algun cargo. Mando a las hermitas acostunbras d esta çiudad, a cada una d ellas, medio real, y uno pa la sera del del santisimo sacramento y otro para redençion de cautibos y otro pa la casa santa de Jerusalen, por ganar los perdones. Declaro que yo case en bida del dho Garçia Laso de Figueroa, mi marido, a doña Ysabel de Figueroa, nra hija, con don Po de Mendoça y Guebara, vezo d esta çiud, y le dimos en dote doze mill ducados de que ay escritura como d ella paresera a que me remito. Y, despues de biuda, case a doña Ana de Figueroa y Chabes, mi hija, con don Antonio de Mendoza, vezo de Talabera, y le di en dote seis mill y quinientos ducados de que ay escripra, d ello a que me remito. Ansimismo, case a doña Antonia de Figueroa, mi hija, con don Po Pantoja y Horieda, vezo y regor de la çiud de Merida, y le di en dote y casamto çinco mill ducados de que, ansimismo, ay escritura a que me remito. Ansimismo, declaro que a don Fernando de la Vega y Figueroa, ansimismo, mi hijo y del dho mi marido, no le e dado nada de mi hazienda. Mando que a Maria portuguesa, que fue mi criada, se le den doze ducados porque, aunque le tengo pagado el serbiçio, es mi boluntad se le de esta limosna por si acaso se me olbido alguna cosa por pagalle de el dho serbiçio. Mando que, luego que yo fallesca, se me tomen



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