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Testamento de Catalina Muñoz

Fecha1644
LocalidadEspaña, Badajoz, Badajoz
ProyectoCORTENEX: Corpus de textos notariales extremeños (siglos XVI y XVII)
ArchivoArchivo Histórico Provincial de Badajoz
ID del manuscritoAHPB PN/212

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y, por la otra parte, linda con oliuar de la capellania que fundo el domine Galindo y la otra suerte linda, ansimismo, con el dicho callejon y, por la parte de la çiudad, con suerte de tierra que fue de de la Rocha y, por la otra parte, con el de la çiudad y otros linderos, con la qual dicha carga de las dichas misas y con las demas que pareçiere tener las dichas dos suertes de oliuares, se los dejo al dicho Andres Gomez Garçia, mi sobrino, y no puedan ser uendidos ni enajenados sin la dicha carga de la limosna de las dichas misas y d ellos se pueda cobrar la limosna d ellas perpetuamente en cada un año. Declaro que de las dhas dos suertes de oliuares, se pagan doze ducados y medio de pension perpetua en cada un año a la capellania que fundo el domine Galindo, y, aunque estos doze ducados y medio se cobren de los dichos oliuares, tiene su obligaçion a los pagar el capellan que tiene la capellania que fundo Baltasar Hernandez, clerigo de que fue capellan el thesorero don Matheo del Alamo, y los pago durante los dias de su vida como lo declaro en un rreconoçimiento del dicho senso que se ubligo por el a lo pagar y, ansi, lo a de pagar el capellan que le sucedio en la dicha capellania y, ansi, lo declaro para que el dicho Andres Gomez, mi sobrino, y sus erederos, como dueños del dicho oliuar depues de mis dias, hagan la diligençia para que se cobre y pague al dicho senso. Declaro, ansimismo, tengo por bienes mios otro oliuar



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