todos los dichos mis bienes, derechos y aciones,
dejo y nombro por mi eredero uniuersal
en todos ellos a el dicho Andres Gomez Garçia,
mi sobrino, y a sus erederos y sucesores despues
d el, para que aia y erede en posesion y pro
piedad, con la carga y grauamen de la dicha
memoria de misas que lleuo ordenado en este
dicho mi testamento y, por el, reuoco, anulo
y doi por ningunos otros qualesquiera testa
mentos y codoçilios que antes d este aia
hecho y otorgado por escrito u de palabra,
cerrados u abiertos, u en otra qualquier ma
nera y, espeçialmente, uno que otorgue cerra
do por ante Juan Gonzalez Halconero, escri
uano del numero d esta çiudad, y escrito
y ordenado por el padre fray Alonso, ada
lid de la orden de Señor Sancto Agustin de
esta çiudad, aura quatro años, poco mas
u menos, que no quiero ualgan ni hagan fe
en juizio ni fuera de el, agora ni en ningun
tiempo, saluo este que agora hago, que quie
ro valga por mi testamento y codoçilio
y por mi ultima y postrimera voluntad,
en aquella mejor uia y forma que el dere
cho diere lugar, y quiero que este mi testa
mencto no se pueda rreuocar por otro ninguno
que despues d el quisiere hazer o hiziere en el
articulo de mi muerte, si no es espresando es
tas palabras, porq quiero sea ynrreuocable
y ansi lo digo y otorgo y no firmo por no saber
firmar.