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Testamento de Diego Gallo de Avellaneda

Fecha1644
LocalidadEspaña, Badajoz, Badajoz
ProyectoCORTENEX: Corpus de textos notariales extremeños (siglos XVI y XVII)
ArchivoArchivo Histórico Provincial de Badajoz
ID del manuscritoAHPB PN/212

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lo que se hallare que tengo en esta çiud y donde asistiere y mis armas y caballos y en quanto a lo demas de bestidos y ropa, no pidan quenta de lo que tubiere si yo faltare, porque esto lo quedo remitido en falta mia a la persona a cuyo cargo esta y, de los dhos mis bienes y deudas los dhos mis albaçeas lo remitan y bayan remitiendo a la villa de Madrid a personas de su satisfaçion para que se digan todo de misas por mi anima a Nra Señora de la Soledad de la dha villa, abiendo cunplido primero y ante todas cosas las mandas y deudas que llebo declarado se hagan de los dhos mis bienes y, pa la que hago a la dha doña Angela de Sotomayor, que estos mill y quinientos ducados que la mando esten en poder de la persona que los dhos mis albaçeas hordenaren y en particular lo sea depositario d ellos el dho Joan de Fuentes, uno de los dhos mis albaçeas, hasta tanto que la susodha haga la dha profesion y se aya de pagar la dha dote y, no llegando el caso y la susodha no quisiere entrar en religion, se le de los dhos treçientos ducados como llebo hordenado y todo lo demas restante se diga de misas en la forma que llebo hordenado, a los quales dhos tres albaçeas que ansi nonbro para lo susodho en esta dha çiud y a cada uno, yn solidun, les doy el poder que se requiere y es neçeso para la dha cobranza y cumplimiento d este mi testamento, lo qual hagan y cunplan aunque sea pasado el año del albaçeasgo. Y despues de cunplido y pagado este dho mi testamento, mandas y legados en el contenidas en el remaniente que ansi quedare de los dhos mis bienes, dejo e ynstituyo por mi unibersal heredera a mi anima para que, a honra y gloria de Dios Nro Señor y bien suyo d ella, se digan las misas que alcanzaren los dhos mis bienes,



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