Declaro que don Jeronimo de Gaya y Bitoria, pro
beedor general d este exto, estante en esta çiud, me
debe nuebe y mill y quatroçientos reales de be
llon a quenta de los quales e rezibido lo que
pareçiere en nra quenta, y lo que restare de
berme, se cobre.
Declaro que Alonso Garçia Seliçeo, alguazil mayor
d esta çiud, me debe mill reales de bellon, y du
çientos doblones de oro que le e prestado de
que tengo çedula del susodho mando se cobren.
Declaro que el ldo Hernando Alonso Gallego, vezo de
la villa de Çeclabin, jues de contrabando en el
partido de Alcantara, me debe mill y quinien
tos reales de bellon de que tengo çedula del
susodho y, demas d ello e de aber la mita de las
quartas partes de las denunçiaçiones que se
hizieron de mercadurias de contrabando estan
do gobernando el dho partido de Alcantara,
que a entranbos nos tocan las dhas quartas ptes,
mando que ajustado lo que me perteneze de
ello se cobre con lo que el susodho me debe.
Declaro que don Jedeon de Ynojosa, vezo de la va de
Madrid, me debe seisçientos reales de bellon
por otros tantos que e dado de horden suya
en esta çiud a don Manuel de Ynojosa, su hermano,
de que tengo papeles d ello mando se cobren.
Declaro que el maestro de canpo, don Franco de
Aguero, estante en esta çiud, me debe çien duca
dos de bellon que le preste de que tengo pa
pel suyo, y demas d ello me debe ochoçientos
reales de presio de un caballo que le bendi,
que d ello consta a don Jeronimo de la Gaya y Bita,
mando se cobren.