En el nonbre de Dios Nro Señor, amen. Sepan quantos esta
carta de testamento y ultima boluntad vieren como yo,
Constanza Gomes muger Lobo, muger de Diego de Lara de Aya,
la que primero lo fuy de Pedro Lopes, barbero, vezina d esta
çiud de Badajoz, estando enferma del cuerpo y sana de la
boluntad y en todo mi juyzio y entendimiento natural
tal qual Dios Nro Señor fue serbido de me dar, creyendo,
como firmemente creo, el misterio de la Santisima Tre
nidad, Padre, Hijo y Espiritu Santo, tres personas y un so
lo Dios berdadero, y en todo aquello que tiene, cree y confie
sa la Santa Madre Yglesia catolica de Roma, temiendo
me de la muerte que es cosa natural y çierta a toda
criatura umana y desenado poner mi anima en
carrera de berdadera salbaçion, otorgo que hago y orde
no mi anima y testamento en la manera sigte:
Primeramente, encomiendo mi anima a Dios Nro
Señor, que la crio y redimio por su presiosa sangre, muer
te y pasion, y el cuerpo a la tierra de que fue formado.
Y mando que, quando la boluntad de Dios Nro Señor fue
re serbido de me llebar d esta presente bida, mi cuer
po sea sepultado en la yglesia cathedral de Señor San
Joan Bautista d esta çiud, en la sepultura que alli tene
mos yo y mis hermanas de nros padres, que estan en el
cuerpo de la nabe mayor de la dha santa yglesia,
y bengan por mi cuerpo el cura de mi parroquia y los vte
capellanes del coro de la dha santa yglesia y las her
mandades del Dulse Nonbre de Jesus y de Santa Barba
ra y de Sr Santiago, de quien soy hermana; y el dia de
mi entierro, si fuere ora sufiziente, y, si no, el dia siguiente,
se diga por mi anima misa cantada de cuerpo presente
y se pague por todo la limosna que es costunbre.
Mando se digan por mi anima el dia de mi entierro
dies misas resadas en el altar de Santo Cristo del
caustro de la dha santa yglesia; y tres en el altar del
juyzio, y otras tres en el altar de Nra Señora de la
Antigua y otras tres en el altar de Nra Señora de las
Angustias, y otras tres en el de Nra Señora de Boto
ba y, no se pudiendo dezir el dho dia, se digan el dia o dias
siguientes, y las tres que mando se digan en el altar
del juyzio las aplico por las animas de purgatorio
y por todas ellas se pague la limosna acostunbrada.
Mando se digan tres treyntanarios de misas resadas,