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Testamento de Constanza Gómez

Fecha1643
LocalidadEspaña, Badajoz, Badajoz
ProyectoCORTENEX: Corpus de textos notariales extremeños (siglos XVI y XVII)
ArchivoArchivo Histórico Provincial de Badajoz
ID del manuscritoAHPB PN/212

Page 51r > 51v

En el nonbre de Dios Nro Señor, amen. Sepan quantos esta carta de testamento y ultima boluntad vieren como yo, Constanza Gomes muger Lobo, muger de Diego de Lara de Aya, la que primero lo fuy de Pedro Lopes, barbero, vezina d esta çiud de Badajoz, estando enferma del cuerpo y sana de la boluntad y en todo mi juyzio y entendimiento natural tal qual Dios Nro Señor fue serbido de me dar, creyendo, como firmemente creo, el misterio de la Santisima Trenidad, Padre, Hijo y Espiritu Santo, tres personas y un solo Dios berdadero, y en todo aquello que tiene, cree y confiesa la Santa Madre Yglesia catolica de Roma, temiendome de la muerte que es cosa natural y çierta a toda criatura umana y desenado poner mi anima en carrera de berdadera salbaçion, otorgo que hago y ordeno mi anima y testamento en la manera sigte: Primeramente, encomiendo mi anima a Dios Nro Señor, que la crio y redimio por su presiosa sangre, muerte y pasion, y el cuerpo a la tierra de que fue formado. Y mando que, quando la boluntad de Dios Nro Señor fuere serbido de me llebar d esta presente bida, mi cuerpo sea sepultado en la yglesia cathedral de Señor San Joan Bautista d esta çiud, en la sepultura que alli tenemos yo y mis hermanas de nros padres, que estan en el cuerpo de la nabe mayor de la dha santa yglesia, y bengan por mi cuerpo el cura de mi parroquia y los vte capellanes del coro de la dha santa yglesia y las hermandades del Dulse Nonbre de Jesus y de Santa Barbara y de Sr Santiago, de quien soy hermana; y el dia de mi entierro, si fuere ora sufiziente, y, si no, el dia siguiente, se diga por mi anima misa cantada de cuerpo presente y se pague por todo la limosna que es costunbre. Mando se digan por mi anima el dia de mi entierro dies misas resadas en el altar de Santo Cristo del caustro de la dha santa yglesia; y tres en el altar del juyzio, y otras tres en el altar de Nra Señora de la Antigua y otras tres en el altar de Nra Señora de las Angustias, y otras tres en el de Nra Señora de Botoba y, no se pudiendo dezir el dho dia, se digan el dia o dias siguientes, y las tres que mando se digan en el altar del juyzio las aplico por las animas de purgatorio y por todas ellas se pague la limosna acostunbrada. Mando se digan tres treyntanarios de misas resadas,



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