Dos sillas ynperiales negras
                
 en cinquenta reales.
                
 Vn bufete con su caxon, vn tablero
                
 y vn banquillo, en veynte y quatro
                
 reales.
                
 Vn artesa y dos sedacos y vn
                
 criuo, en dos ducados.
                
 Tres quadros pequenos de diferentes
                
 hechuras en seis reales.
                
 Dos candeleros de acofar en
                
 dies y seis reales.
                
 Vna sarten, vn caldero de cobre
                
 y vn candil, vnas treodes y dos a
sadores, vnas trevedes y vn badil,
                
 todo en veynte y seis reales.
                
 Tres potes grandes con seis ollas
                
 y dos dozenas de platos y escu
dillas, en dies y ocho reales.
                
 Que todos los dhos bienes, segun
                
 van apreciados, suman y montan quinien
tos y treynta reales y resiuio los dhos
                
 bienes en presencia de mi, el escriuo, y de
                
 los testigos de yuso de que doy fe, y se dio
                
 por entregado a su voluntad de
                
 quinientos y cinquenta reales
                
 de la limosna que don Franco de Moscoso,
                
 v de esta ciud, dio para casamyto de la dha
                
 Juana de Albarado por ser guerfana
                
 y porque los tiene en su poder,
                
 renuncio las leyes de la non numerata 
                
 pecunia, prueua y paga, que anbas
                
 partidas suman y montan mill y ochen
ta reales que con vn colchon, dos sauanas,
                
 dos almohadas y vn cobertor que la
                
 dha Juana de Albarado tiene por bie
nes suyos, que se taso en cinquenta
                
 reales y tiene en su poder los dhos
                
 bienes, sobre que renuncia a las leyes de