Dos sillas ynperiales negras
en cinquenta reales.
Vn bufete con su caxon, vn tablero
y vn banquillo, en veynte y quatro
reales.
Vn artesa y dos sedacos y vn
criuo, en dos ducados.
Tres quadros pequenos de diferentes
hechuras en seis reales.
Dos candeleros de acofar en
dies y seis reales.
Vna sarten, vn caldero de cobre
y vn candil, vnas treodes y dos a
sadores, vnas trevedes y vn badil,
todo en veynte y seis reales.
Tres potes grandes con seis ollas
y dos dozenas de platos y escu
dillas, en dies y ocho reales.
Que todos los dhos bienes, segun
van apreciados, suman y montan quinien
tos y treynta reales y resiuio los dhos
bienes en presencia de mi, el escriuo, y de
los testigos de yuso de que doy fe, y se dio
por entregado a su voluntad de
quinientos y cinquenta reales
de la limosna que don Franco de Moscoso,
v de esta ciud, dio para casamyto de la dha
Juana de Albarado por ser guerfana
y porque los tiene en su poder,
renuncio las leyes de la non numerata
pecunia, prueua y paga, que anbas
partidas suman y montan mill y ochen
ta reales que con vn colchon, dos sauanas,
dos almohadas y vn cobertor que la
dha Juana de Albarado tiene por bie
nes suyos, que se taso en cinquenta
reales y tiene en su poder los dhos
bienes, sobre que renuncia a las leyes de