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Carta de pago de dote de Juan Madera, zapatero

Fecha1630
LocalidadEspaña, Badajoz, Badajoz
ProyectoCORTENEX: Corpus de textos notariales extremeños (siglos XVI y XVII)
ArchivoArchivo Histórico Provincial de Badajoz
ID del manuscritoAHPB PN/206

137r < Page 137v

Una uasquiña de jerguilla de monjas aforrada en bocaçi colorado y con un ribete de terçiopelo negros, tassada en quatro ducados Un juuon de gorgoran negro guarneçido de pasamanos tasada en çinco ducados Una ropa de bayeta guarneçida de ribetes tassada en siete ducados Un manto de anascote tasado en çinco ducadoss Otro manto de seda usado en quatro duos Todos los quales dhos bienes, tassados y moderados en los dhos preçios, el dho Diego Hrz dio y entrego al dho Ju Madera, su yerno, y el susodho d ello resçiuio en presa de mi, el escriuo, y ts de cuya entrega y rreçibo yo, el escriuo, doy fee se hizo en mi presençia y de los dhos ts, y los rreçibio a su poder el dho Juan Madera, y, ansimismo, el dho Diego Hernandez dio y entrego al dho Juan Madera, su yerno, y el susodho d el reçibio la librança de los doçientos ducados que el dho don Po de Caruajal le dio para la docte de la dha Ana Nuñez, su hija, para que el susodho los aya y cobre conforme a ella; de los quales doçientos ducados el dho Ju Madera desde luego para quando los cobre, se dio por entregado en ellos y renunçio las leyes de la entrega, prueua y paga y exçepçion de la pecunia, como en ellas y en cada una d ellas se contiene, los quales dhos doçientos ducados y todo lo demas de ropa y ajuar de susso contdo en esta escripra el dho Ju Madera dijo resçiuia y resçiuio del dho Diego Hrz, su suegro, en docte y para docte de la dha Ana Nuñez, su muger e hija, del susodho; y se obligo de los tener y mantener, y de los dar y acudir con ellos a la dha su muger y a sus herederos, cada y quando el matrimonio entre ellos fuere disuelto o departido por muerte o por diborçio o en otra manra sin los retener ni usar de dro del año de la dilaçion, cuyo remo renuno y para lo ansi cunplir y auer por firme, obligo su persona y bienes auidos y por hauer, y dio poder a las justiçias reales y, en espeçial, a las d esta çiud, a cuyo foro se sometio pa que las dhas justiçias a ello le apremien como por ssa pasada en cosa juzgada y rrenuno todas leyes y dros de su fauor y la herençia y dros d ella, y otorgo carta de po en forma dia, mes y año dhos, estando en casa del dho Diego Hernandez, siendo ts: Domingo Hrz, Gonçalo de Balençia y Françisco Ssez Nuñez, vzos d esta çiud, y lo firmo el otorgte, que yo, el escriuo, doy fee conozco. Diego Martin Sequera



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