pequeño de cobre viejos, una sarten
unas treodes y un asadero de hierro
y dos candiles, tasado todo en treyn
ta reales
Todos los quales dhos bienes de suso declarados tasa
dos e moderados en los dhos preçios, el dho Franco de
Uera reçiuio en la dha dote de la dha Maria
Madera, su suegra en presençia de mi, el escriuo, y tos
d esta carta de cuya entrega y reçiuo yo, el dho escriuo,
doy fee se hizo en mi presensia y de los dhos tos.
Y demas d ello, el dho Franco de Uera confesso
auer reçibido a su poder çinqta duos que a la dha Y
sauel Sz, su mugr, se le mandaron y dieron de la
limosna y obra pia de Nuño de Chaues de Esqui
uel, los quales reçiuio de mano de don Franco
de Moscosso, patrono de la dha obra pia, y por
que las pagan d ellos de preste no pareçe por
tenellos reçiuidos y estan en su poder, reno
las leyes de la entrega, prueua e paga y exçe
çion d ella y numerata penucia, y las de
mas d este casso como en ellas y cada una
d ellas se contiene, los quales dhos çinquenta
duos en dinero y los dhos bienes de suso declarados
y tasados en los dhos preçios, el dho Franco de Uera
dixo los reçiuia e reçiuio en dote y para dote
de la dha Ysabel Sz, su mugr, y se obligo de los te
ner e mantener y de los dar y acudir con ellos
o con su preçio en que an tasados a la dha su
mugr y sus heredos, cada e quando el matrimo
entre ellos fuere disuelto o departido por muer
te o por diuorçio o en otra manera, sin loss
retener ni usar en el año de la dilaçion
que el dro permite, cuyo remo reno y para ello
y cumplimto d esta escritura, obligo su persa
y bienes auidos e por auer, y dio poder a las
justiçias reales y, en espeçial, a las d esta dha
çiud, a cuyo foro e jurn se sometio y reno otra
qualquiera, y la ley sid conuenerid de jurne
oniun judicun pa que las dhas jusas o qual
quiera d ellas a ello le conpelan y apremien
como por ssa pasada en cosa juzgada, y reno
todas leyes y dros de su fauor y otorgo carta de po