Yten, mdo se digan por mi anima y la del dho mi marido
seis misas rezadas en el altar del sto Jesucristo
del claustro de la dha sta ygla de Sr St Ju d esta çiud,
las quales manden dezir mis albaçeas a quien
ellos quisieren y se pague la limosna acostunbrada.
Yten, mdo, ansimismo, se digan por mi anima
y del dho mi mardo, otras tres misas rezadas
en el altar de Nra Sra de Conçepçion, en el ospital
d ella, a onra y gloria de su impia conçepçion
de Nra Sra, y las digan quien mis albaçeas quisieren
conforme a las de arriba.
Yten, mdo se digan quatro misas reçadas por las
animas de las personas que soy o puedo ser en algun
cargo y se pague por ellas la limosna que es costunbre.
Yten, mdo, por ganar los perdones, a las hermitas
acostumbradas d esta çiud, a cada una d ellas, qua
tro mrs y, a rredençion de cautibos, medio rl.
Yten, declaro que los bs que tengo son: media
roça llena de pan lleuar, en termino d esta
çiudad, a do diçen lo de Caranbano, que toda la
dha roça linda con la cañada de la Torreçilla,
que ua a la Ximena, y con roça de los Caranbanos
y Pinaço y otros linderos, con cargo de seis ducos
de pension, que de toda la dha roça
se paga en cada un año a Juan Rebio, vzo de
esta çiud, y la otra mitad de la dha roça
la e hize donaçion d ella a Joan Guisado,
vzo d esta çiud, y a Maria de la Cruz, su muger, mi hija
qdo con ella caso y, por quanto los susodhos me an te
nido y tienen en su casa, y me an sustentado y a
limentado de todo lo neçesario, y pagado
por mi muchas deudas en cantidad de setenta