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Carta de pago de dote de Inés García

Fecha1601
LocalidadEspaña, Badajoz, Badajoz
ProyectoVIVE. Vita Verborum. Los peritajes de las Chancillerías castellanas en la historia del español (1650 - 1833)
FinanciaciónMinisterio de Ciencia e Innovación. Proyectos de Generación de Conocimiento 2022. PID2022-136256NB-I00
SubcorpusExtremadura - CORTENEX
ArchivoArchivo Histórico Provincial de Badajoz

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que por todo remedio e rigor del dro e via executiua me conpelan e apremjen a lo ansi cunplir e pagar e lo executen en mj persona e bienes a tan cunplidamente, como si esta ca fuese sentençia diffa de juez conpetente, por mi consentida e pasada en cosa juzgada, sobre lo qual reno todas e qualesquier leyes, ffueros e dros e açiones e deffençiones que contra lo qual dicho es y en nuestro ffauor sean, en espeçial reno la ley e regla del dro que dize que general renunçiaçion de leyes ffecha non vala e quiero ser juzgado por la ley del hordenamjento real q comjença pareçiendo que alguno se quiso obligar a otro, conffieso ser mayor de veynte e çinco anos, en testimonio de lo qual otorgue esta carta ante Marcos de Herrera escrivano puco del no en la dha çiudad de Badajoz e su tra estando la dha çiudad en las casas de los dhos mis suegros, a vte e çinco dias del mes de jullio de mjll e seysçientos e vn ano. Tos: Miguel Perez y Ju Ximon y Andres Lopez, vos d esta çiudad, e lo ffirmo a mi ruego vn to por no saber escrebir, e yo, el sno, doy ffe que conozco al otorgte.



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