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Carta de dote Alonso Castañeda a Francisca Jiménez

Fecha1777
LocalidadEspaña, Sevilla, Alcalá de Guadaíra
ProyectoVIVE. Vita Verborum. Los peritajes de las Chancillerías castellanas en la historia del español (1650 - 1833)
FinanciaciónMinisterio de Ciencia e Innovación. Proyectos de Generación de Conocimiento 2022. PID2022-136256NB-I00
SubcorpusAndalucía
ArchivoArchivo Histórico Provincial de Sevilla

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ytt una muta de ropa blanca en quarenta y sinco rreales de vellon ytt un rrosario en engarsado en platta en quinse rs de von ytt dies y ocho botones de plata en dies y ocho rrs de on ytt dos tablas de manteles en dies rrs de von ytt sinco laminas y un espejo en sesenta y sinco rrs de von ytt media dosena de sillas de paxa y dos sillones dose rreales de vellon ytt un bufette pequeño con caxon dose rrs de von ytt una mesa de pino nuebe rrs de von ytt un almires de metal veinte y dos rrs y medio de von ytt un belon de metal veinte y dos rrs y medio de von ytt un perol pequeño sinco rrs de von ytt una rueda de copa catorse rrs de von ytt un arca con su serradura y llave quta rrs de von Que las dhas partidas de vienes de la dotte de la dha mi muger suman y monttan mill docientos sesenta y quattro rrs y medio de vellon, de los quales me doy por entregado a mi voluntad sobre qe renuncio las leyes, del entrego y demas de el caso, cuios vienes y cantidad de ellos constitullo p dotte y caudal Franca Ximenes Halco Holado y situo sobre mi y mis vienes qe a el preste tengo y en adelante tubiere muebles raises y semovientes deudas, dros y acsiones donde quiera qe los tenga y sobre lo mexor y mas bien parado de ellos pa qe la suso dha los haia y tenga pe mis vienes dotales, donde los quisiere señalar y escoxer y me obligo y prometto de no los gastar, consumir ni obligar a mis deudas, crimines, ni exsesos, como asimismo de darlos y entregarlos cada y quando y en qualquier tiempo que el dho nro matrimonio fuere disuelto pr muerte o en bida pr diborsio o pr otros qualquiera de los casos que el dro permitte, sin aguardar termo ni plaso pr que aunque se me conseda, lo renunsio y la lei que dise qe la dotte mueble se pueda retener un año y las deemas de mi favor, y a la firmesa y cumplimto


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